Colombia se prepara para un ajuste fiscal de alto impacto a partir de 2026. A través del Decreto Legislativo 1474, el Gobierno Nacional introduce un paquete de medidas tributarias extraordinarias en respuesta al estado de emergencia económica y social, con efectos directos en la operación financiera, el comercio digital y la planeación tributaria de las empresas.
Más allá del carácter temporal del decreto, sus disposiciones marcan un cambio relevante en las reglas fiscales que exige análisis y preparación desde ahora.
Vigencia y control constitucional
Las medidas establecidas en el Decreto 1474 comenzarán a aplicarse desde el 1 de enero de 2026. Como ocurre con toda norma expedida bajo un estado de excepción, su continuidad dependerá de la revisión de la Corte Constitucional, la cual iniciará una vez finalice la vacancia judicial, a partir del 10 de enero de 2026.
Este punto no es menor: la Corte podrá mantener o tumbar total o parcialmente el decreto, lo que obliga a las empresas a trabajar con escenarios tributarios alternativos.
Ajustes fiscales con mayor impacto en las empresas
El decreto introduce modificaciones que afectan directamente la estructura de costos, los precios al consumidor y las obligaciones formales:
IVA: mayor presión sobre consumo y comercio digital
- Se elimina la tarifa reducida para licores, vinos y aperitivos, que ahora quedarán gravados con la tarifa general del 19%, incrementando el precio final y el impacto en cadenas de distribución.
- Las plataformas de juegos de suerte y azar por internet pasan a estar gravadas con IVA, incluso cuando el prestador se encuentre en el exterior.
- El beneficio de exclusión del IVA en envíos internacionales de bajo valor se restringe significativamente, al reducir el umbral de USD 200 a USD 50, afectando el comercio electrónico transfronterizo.
Impuesto al consumo: ampliación de la base gravada
- Bienes considerados de lujo o de alto impacto ambiental y social pasan a tributar con una tarifa del 19%, alineándose con el IVA general.
- Los vapeadores y sistemas electrónicos de nicotina se incorporan como hechos generadores del impuesto al consumo, ampliando el alcance de este tributo bajo criterios de salud pública.
Patrimonio: más contribuyentes, mayor carga
El impuesto al patrimonio se fortalece al reducir el umbral a 40.000 UVT, incluyendo a un número considerablemente mayor de contribuyentes, con tarifas progresivas que pueden alcanzar el 5% del patrimonio líquido
Sector financiero: aumento sustancial en la renta
Las entidades financieras deberán asumir una sobretasa adicional del 15%, llevando la tarifa efectiva del impuesto sobre la renta al 50%, acompañada de un anticipo obligatorio del 100%, lo que impacta directamente la liquidez del sector.
Normalización tributaria: una ventana de oportunidad
El decreto también abre una oportunidad transitoria de regularización, mediante:
- Reducción de sanciones e intereses.
- Facilidades para correcciones y declaraciones extemporáneas.
- Conciliaciones con la DIAN en procesos administrativos y judiciales.
Adicionalmente, se crea un impuesto de normalización del 19% para activos omitidos o pasivos inexistentes al 1 de enero de 2026, con plazo de declaración hasta el 31 de julio de 2026, sin sanciones ni consecuencias penales si se cumplen los requisitos.
Un 2026 que exige planeación fiscal y control tecnológico
Este paquete de medidas refuerza la necesidad de automatizar el cumplimiento tributario, revisar configuraciones fiscales y asegurar que los sistemas financieros estén alineados con la normativa vigente.
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