La Dirección General de Impuestos Internos (DGII) de República Dominicana publicó una actualización del Informe Técnico e-CF v1.0, un documento fundamental para las empresas que operan con facturación electrónica (e-CF).
Esta actualización introduce cambios importantes en el manejo de bonos de regalo y en los escenarios de contingencia, por lo que es clave entender su impacto para garantizar el cumplimiento fiscal y evitar errores en la emisión de comprobantes.
¿Qué es el Informe Técnico e-CF v1.0?
El Informe Técnico e-CF v1.0 es la guía oficial que define los lineamientos para la implementación del Comprobante Fiscal Electrónico (e-CF) en República Dominicana.
Este documento incluye:
- Tipos de comprobantes electrónicos
- Estructura técnica (XML / XSD)
- Interacción con la DGII
- Representación impresa y consulta en línea
- Manejo de contingencias
En resumen, es el estándar que deben seguir las empresas para cumplir correctamente con la normativa de facturación electrónica.
Principales cambios de la actualización
- Tratamiento de bonos o certificados de regalo
La DGII incorpora nuevas especificaciones que impactan directamente la forma en que se registran estas operaciones:
- Se debe utilizar el indicador de facturación “No facturable”.
- En la descripción del comprobante se debe incluir:
“Bono de regalo” o “Certificado de regalo”. - Al momento de la redención:
- Se debe emitir un e-CF tipo E32.
- Registrar los bienes o servicios entregados.
- Aplicar los impuestos correspondientes.
- El bono o certificado debe reflejarse como medio de pago (total o parcial).
- Actualización en la operación en contingencia
Se clarifican los distintos escenarios y cómo actuar en cada uno:
Contingencia por falta de conectividad
- Emisión en modalidad offline
- Envío a la DGII dentro de las 72 horas posteriores
Contingencia por imposibilidad técnica
- Uso de comprobantes no electrónicos autorizados
- Límite máximo: 15 días calendario
Contingencia de la DGII
- Almacenamiento de los e-CF generados
- Envío una vez se restablezca la comunicación
- Validez y regularización de comprobantes
- Los comprobantes no electrónicos emitidos durante contingencia serán válidos fiscalmente, siempre que la situación haya sido notificada a la DGII.
- Posteriormente, en un plazo máximo de 30 días calendario, el emisor deberá:
- Generar y remitir los e-CF correspondientes
- Referenciar los comprobantes no electrónicos emitidos previamente
¿Cómo impacta esto a tu empresa?
Estos cambios afectan directamente:
- El cumplimiento tributario
- La correcta emisión de comprobantes electrónicos
- La operación en escenarios de contingencia
- La integración de sistemas ERP
No adaptarse a estas actualizaciones puede generar rechazos, inconsistencias fiscales o sanciones.
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