La retención ITBIS emisores electrónicos es uno de los cambios fiscales que las empresas en República Dominicana deben revisar tras la entrada en vigor de la Norma General núm. 02-2026 de la Dirección General de Impuestos Internos (DGII).
La nueva disposición modifica la aplicación de determinadas retenciones del ITBIS cuando las empresas realizan pagos a personas jurídicas autorizadas como emisoras electrónicas y la operación está respaldada por un Comprobante Fiscal Electrónico (e-CF).
Puedes consultar directamente el texto oficial de la Norma General núm. 02-2026 de la DGII.
¿Qué significa la retención ITBIS emisores electrónicos para las empresas?
La nueva normativa modifica la forma en que deben gestionarse determinadas retenciones de ITBIS cuando el proveedor cumple con dos condiciones principales:
- Está autorizado por la DGII como emisor electrónico.
- La operación está respaldada por un Comprobante Fiscal Electrónico (e-CF).
Esto significa que las empresas ya no deben aplicar automáticamente determinadas retenciones de ITBIS únicamente por el tipo de servicio recibido.
Ahora también deben considerar la condición fiscal del proveedor y el tipo de comprobante utilizado.
En otras palabras, el proceso de cuentas por pagar debe incorporar una validación adicional antes de calcular y registrar una retención.
La DGII ha confirmado, por ejemplo, que cuando una empresa de seguridad y vigilancia autorizada como emisor electrónico factura mediante un e-CF, ya no corresponde efectuar la retención del 100 % del ITBIS prevista por la normativa que queda comprendida dentro del alcance de la Norma 02-2026.
¿Qué retenciones de ITBIS dejan de aplicarse?
La Norma General 02-2026 establece la no aplicación de determinadas retenciones contempladas en la Norma General 02-05 y sus modificaciones cuando se cumplen las condiciones establecidas.
Entre los casos que pueden verse beneficiados por este cambio se encuentran:
| Servicio | Retención anterior | Tratamiento con la Norma 02-2026* |
| Servicios profesionales liberales | 30 % del ITBIS | No se retiene |
| Alquiler de bienes muebles | 30 % del ITBIS | No se retiene |
| Servicios de seguridad y vigilancia | 100 % del ITBIS | No se retiene |
| Comisiones de aerolíneas y hoteles a agencias de viajes | 100 % del ITBIS | No se retiene |
*Siempre que se cumplan las condiciones establecidas por la Norma General 02-2026, incluyendo que el proveedor esté autorizado como emisor electrónico y que la operación esté sustentada mediante un e-CF.
Los servicios profesionales liberales pueden incluir actividades como ingeniería, contabilidad, auditoría, servicios legales, informática, consultoría, diseño y otras actividades profesionales.
Es importante entender que la nueva disposición no elimina todas las retenciones de ITBIS existentes en República Dominicana. Su alcance está relacionado específicamente con las retenciones establecidas en la Norma General 02-05 y sus modificaciones.
Por esta razón, cada operación debe analizarse de acuerdo con la norma que establece originalmente la obligación.
¿Qué significa esto para las empresas?
El cambio puede tener un impacto directo en los procesos de cuentas por pagar, compras, contabilidad y gestión de proveedores.
Antes de registrar una retención, las empresas deberían validar:
- Si el proveedor es una persona jurídica.
- Si está autorizado como emisor electrónico ante la DGII.
- Si el documento recibido corresponde a un e-CF.
- Qué tipo de servicio está siendo facturado.
- Qué norma establece la retención aplicable.
- Si la operación está dentro del alcance de la Norma 02-2026.
Por eso, la retención ITBIS emisores electrónicos debe gestionarse como una regla fiscal que considere tanto las características de la operación como la condición del proveedor.
¿Cómo saber si un proveedor es emisor electrónico?
Una de las principales verificaciones que deben realizar las empresas es confirmar que el proveedor se encuentre autorizado como emisor electrónico.
La DGII dispone de información y herramientas relacionadas con la facturación electrónica y los contribuyentes autorizados.
Puedes consultar los requisitos y la información oficial en la sección de Facturación Electrónica de la DGII.
También puedes consultar la documentación oficial sobre Comprobantes Fiscales Electrónicos (e-CF) para conocer los aspectos técnicos y fiscales relacionados con este sistema.
Además, es importante revisar el comprobante recibido. Los e-CF cuentan con una estructura específica y deben corresponder a un contribuyente autorizado por la DGII.
¿Qué ocurre con las retenciones del ISR?
La Norma General 02-2026 está enfocada en determinadas retenciones de ITBIS previstas en la Norma General 02-05 y sus modificaciones.
Por lo tanto, no debe interpretarse como una eliminación general de las retenciones del Impuesto Sobre la Renta (ISR).
Las retenciones de ISR tienen reglas independientes y deben analizarse según el tipo de operación, el proveedor y la normativa correspondiente.
De igual manera, tampoco significa que todas las operaciones realizadas con emisores electrónicos estén automáticamente libres de cualquier retención.
La retención ITBIS emisores electrónicos debe analizarse dentro del alcance específico de la Norma 02-2026.
¿Desde cuándo aplica la Norma General 02-2026?
La Norma General núm. 02-2026 entró en vigencia el 16 de septiembre de 2026, fecha en la que fue publicada.
Un aspecto relevante para las empresas es determinar correctamente el momento en que debe aplicarse la nueva disposición.
La DGII ha aclarado que, para estos efectos, debe considerarse la fecha del pago. Esto significa que una factura emitida antes de la entrada en vigencia de la norma, pero pagada posteriormente, puede quedar sujeta al tratamiento establecido por la nueva disposición.
Por ello, las empresas deberían revisar no solamente las facturas emitidas después del 16 de septiembre, sino también aquellas operaciones pendientes de pago.
¿Todas las retenciones de ITBIS desaparecen para los emisores electrónicos?
No.
Este es uno de los puntos más importantes que deben tener en cuenta las empresas.
La Norma General 02-2026 no establece una exención general de todas las retenciones tributarias para los emisores electrónicos.
La medida se concentra en determinadas retenciones de ITBIS establecidas por la Norma General 02-05 y sus modificaciones.
La DGII, por ejemplo, ha aclarado que existen retenciones establecidas por otras normas que pueden continuar aplicándose. En el caso de determinadas instituciones sin fines de lucro, la retención del 100 % del ITBIS puede continuar porque tiene fundamento en una norma diferente.
Por eso, antes de eliminar una retención del sistema, es necesario identificar su fundamento legal.
¿Qué impacto tiene la Norma 02-2026 en Microsoft Dynamics 365 Business Central?
Para las empresas que utilizan Microsoft Dynamics 365 Business Central, este cambio normativo puede requerir una revisión de la configuración fiscal y de los procesos relacionados con proveedores.
La automatización de las retenciones debe considerar variables como:
- Tipo de proveedor.
- Condición de emisor electrónico.
- Tipo de comprobante fiscal.
- Tipo de servicio.
- ITBIS facturado.
- Norma tributaria aplicable.
- Fecha del pago.
- Retenciones de ITBIS e ISR de forma independiente.
Una configuración que solamente considere el tipo de servicio podría generar errores después de la entrada en vigor de la Norma 02-2026.
Por ejemplo, si el sistema tiene configurada automáticamente una retención del 30 % del ITBIS para determinados servicios profesionales, será necesario evaluar si dicha regla debe modificarse cuando el proveedor sea un emisor electrónico autorizado y la operación esté respaldada por un e-CF.
¿Qué deberían revisar las empresas?
Para adaptarse correctamente a la nueva normativa, recomendamos revisar los siguientes procesos:
- Maestro de proveedores
Identifica qué proveedores están autorizados como emisores electrónicos y asegúrate de que esta información esté actualizada.
- Comprobantes recibidos
Verifica que las operaciones que pretenden beneficiarse del nuevo tratamiento estén respaldadas por el e-CF correspondiente.
- Reglas de retención
Revisa las reglas configuradas actualmente en el sistema y determina qué retenciones están basadas en la Norma General 02-05 y sus modificaciones.
- Procesos de cuentas por pagar
Asegúrate de que el cálculo de las retenciones se realice correctamente antes del pago.
- Reportes fiscales
Comprueba que los cambios no afecten la información utilizada para las declaraciones y reportes tributarios.
- Configuración de Microsoft Dynamics 365 Business Central
Si la empresa utiliza Microsoft Dynamics 365 Business Central, revisa la localización fiscal y las parametrizaciones relacionadas con ITBIS, proveedores y comprobantes electrónicos.
La importancia de una localización fiscal actualizada
Los cambios regulatorios como la Norma General 02-2026 demuestran que una implementación de Microsoft Dynamics 365 Business Central debe mantenerse alineada con las obligaciones fiscales del país donde opera la empresa.
La facturación electrónica y los cambios en las reglas de retención requieren que los procesos fiscales, contables y tecnológicos trabajen de manera coordinada.
Para las empresas que operan en República Dominicana, contar con una localización adecuada permite reducir procesos manuales, mejorar el control tributario y facilitar la adaptación ante cambios regulatorios.
Además, la retención ITBIS emisores electrónicos es un ejemplo de cómo una modificación normativa puede requerir ajustes tanto en los procedimientos contables como en la configuración del sistema.
La Norma General 02-2026 representa un cambio importante en la gestión de determinadas retenciones de ITBIS en República Dominicana.
Desde el 16 de septiembre de 2026, las empresas deben considerar la condición del proveedor como emisor electrónico y la utilización de un e-CF al determinar si corresponde aplicar determinadas retenciones contempladas en la Norma General 02-05 y sus modificaciones.
Sin embargo, la nueva disposición no significa que todas las retenciones tributarias desaparezcan para los emisores electrónicos.
La clave está en analizar cada operación, identificar la norma que establece la retención y configurar correctamente los procesos contables y fiscales.
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