DGII publica el Instructivo de Contingencia de Facturación Electrónica en República Dominicana

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La Dirección General de Impuestos Internos (DGII) de República Dominicana publicó oficialmente el Instructivo de Contingencia de Facturación Electrónica, un documento clave que establece los lineamientos a seguir cuando se presentan situaciones excepcionales que impiden la operatividad normal del sistema de facturación electrónica.

Este instructivo brinda claridad sobre cómo deben actuar los emisores electrónicos para garantizar la continuidad de sus operaciones fiscales sin incumplir la normativa vigente.

¿Qué es la Contingencia de Facturación Electrónica?

La contingencia de facturación electrónica es un estado excepcional que se activa cuando ocurre una situación que impide el funcionamiento regular del ciclo de emisión y validación de los comprobantes fiscales electrónicos (e-CF).

Ante estos escenarios, la DGII establece acciones específicas que deben seguir los contribuyentes para asegurar la continuidad del proceso de facturación y el cumplimiento tributario.

¿Cuál es el objetivo del Instructivo?

El propósito del instructivo es orientar a los contribuyentes sobre:

  • Los motivos por los cuales puede solicitarse la contingencia.
  • Las vías habilitadas para iniciar y finalizar este estado.
  • Las acciones requeridas durante el periodo de contingencia.
  • La consulta del historial de solicitudes realizadas.

Además, el documento consolida orientaciones previamente establecidas en la Guía para ser Emisor Electrónico, facilitando una referencia centralizada para los contribuyentes.

¿Qué situaciones generan un estado de contingencia?

Según lo establecido por la DGII, los emisores electrónicos pueden encontrarse en estado de contingencia en los siguientes casos:

  1. Falta de conectividad

El contribuyente podrá generar los e-CF de manera offline (fuera de línea) y deberá enviarlos a la DGII en un plazo máximo de 72 horas.

  1. Imposibilidad de emitir e-CF

En este caso, el contribuyente deberá utilizar secuencias autorizadas de comprobantes fiscales no electrónicos.
Posteriormente, deberá emitir los e-CF que sustituyen esos comprobantes dentro de un plazo no mayor a 30 días calendarios.
Este estado de contingencia no podrá exceder los 15 días calendarios.

  1. Indisponibilidad de los sistemas de la DGII

Cuando los mecanismos fiscales establecidos por la DGII no se encuentren disponibles, los e-CF deberán almacenarse y enviarse una vez se restablezca la comunicación con la entidad.

¿Es necesario realizar modificaciones en los sistemas?

No. La publicación de este instructivo tiene carácter informativo y no implica ajustes técnicos adicionales por parte de los contribuyentes en este momento.

¿Dónde consultar el instructivo?

El documento puede consultarse directamente en el portal oficial de la DGII, en la sección de documentación sobre e-CF.

¿Tu solución está preparada para escenarios de contingencia?

Aunque esta actualización no exige cambios inmediatos, contar con una solución correctamente configurada es clave para responder de forma ágil ante cualquier eventualidad.

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