La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) de Colombia ha emitido la Resolución 000202 del 30 de diciembre de 2024, que establece el Formulario 335 para la declaración del impuesto a las bebidas ultraprocesadas azucaradas correspondiente al año gravable 2025 y siguientes.
¿Qué conceptos abarca este formulario?
El Formulario 335 debe ser utilizado por los contribuyentes para declarar el impuesto derivado de la transferencia de dominio de bebidas ultraprocesadas azucaradas, incluyendo ventas, exportaciones, donaciones y consumos. Es importante destacar que, según el artículo 513-6 del Estatuto Tributario, la importación de estas bebidas debe informarse en la declaración de importación correspondiente.
Actualización de tarifas para 2025
El artículo 513-4 del Estatuto Tributario establece una nueva tabla de tarifas para el año 2025, basada en el contenido de azúcar añadido por cada 100 mililitros de bebida:
- Menor a 5 gramos de azúcares añadidos: Exento de impuesto.
- Entre 5 y menos de 9 gramos de azúcares añadidos: $38 por cada 100 ml.
- 9 gramos o más de azúcares añadidos: $65 por cada 100 ml.
Estas tarifas buscan desincentivar el consumo de bebidas con alto contenido de azúcar, promoviendo hábitos más saludables entre la población.
Procedimiento para la presentación del formulario
Los contribuyentes obligados a declarar este impuesto deben hacerlo a través de los servicios informáticos de la DIAN, utilizando la firma electrónica autorizada. El Formulario 335 estará disponible de manera virtual en el sitio web oficial de la DIAN, permitiendo su diligenciamiento y presentación electrónica.
Impacto económico y social
La implementación de este impuesto forma parte de las medidas adoptadas por el gobierno colombiano para mejorar la salud pública, al gravar productos que, por su alto contenido de azúcares añadidos, pueden ser perjudiciales para la salud. Además, se espera que estos impuestos generen ingresos fiscales significativos, que podrían ser destinados a programas de salud y bienestar social.
Llamado a la acción
Si usted es productor, importador o comercializador de bebidas ultraprocesadas azucaradas en Colombia, es fundamental que se familiarice con el nuevo Formulario 335 y las tarifas vigentes para el año 2025. Asegúrese de cumplir con las obligaciones tributarias correspondientes para evitar sanciones y contribuir al bienestar económico y social del país.
Para más información y acceso al formulario, visite el sitio web oficial de la DIAN:
Resolución 000189 de 30-10-2024.pdf
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