Resolución SRI transporte comercial: cambios en facturación 2026

Cambios de la Resolución SRI para el transporte comercial en Ecuador y la facturación electrónica.

El Servicio de Rentas Internas (SRI) publicó la Resolución NAC-DGERCGC26-00000024, vigente desde el 13 de julio de 2026, mediante la cual establece nuevas obligaciones tributarias y de facturación para las operadoras y socios que desarrollan actividades de transporte comercial Ecuador.

Esta normativa deroga la Resolución NAC-DGERCGC17-00000295, vigente desde 2017, e incorpora nuevos requisitos que las empresas deberán cumplir para mantener la correcta emisión de comprobantes electrónicos y evitar incumplimientos fiscales.

Cambios para el transporte comercial Ecuador

Las principales modificaciones impactan la emisión de facturas electrónicas, la actualización del RUC, la clasificación de actividades económicas y las obligaciones de retención.

Facturación electrónica con número de placa

Uno de los cambios más relevantes es que las operadoras deberán incluir obligatoriamente el número de placa del vehículo utilizado para prestar el servicio dentro del campo «placa» de la factura electrónica.

Asimismo:

  • Las operadoras emitirán las facturas únicamente a sus clientes desde el establecimiento autorizado.
  • Los socios o accionistas ya no podrán facturar directamente al cliente final.
  • Los comprobantes de venta deberán emitirse exclusivamente a la operadora de transporte a la que pertenezcan.

Esta medida fortalece la trazabilidad de las operaciones del transporte comercial Ecuador y mejora el control tributario por parte del SRI.

Actualización obligatoria del RUC

Los socios o accionistas deberán inscribirse o actualizar su Registro Único de Contribuyentes (RUC) con la actividad económica correspondiente.

El incumplimiento podrá ocasionar la suspensión de oficio del registro tributario.

Nuevos códigos CIIU

Las operadoras deberán registrarse utilizando la actividad económica correspondiente.

Actividad Código CIIU
Transporte Servicio Alternativo-Excepcional H49220101
Transporte Turístico H49220102
Transporte Escolar e Institucional H49220501
Transporte de Carga Pesada H49230101
Transporte de Carga Liviana H49230501
Transporte Mixto H49230501 y H49230601

Tarifa de IVA

La resolución mantiene la tarifa 0 % de IVA para los servicios nacionales de transporte terrestre de pasajeros y carga, conforme al artículo 56 de la Ley de Régimen Tributario Interno.

Retenciones

Cuando el pagador tenga la calidad de agente de retención, deberá aplicar la retención en la fuente tanto:

  • En los pagos realizados por los clientes a las operadoras.
  • En los pagos efectuados por las operadoras a sus socios o accionistas.

Estas disposiciones buscan fortalecer el control fiscal sobre las operaciones relacionadas con el transporte comercial Ecuador.

Plazos establecidos por la resolución

Desde la publicación oficial de la normativa se contemplan los siguientes tiempos de implementación:

En 30 días

Los socios o accionistas deberán actualizar presencialmente su RUC si aún no han registrado el número y razón social de la operadora a la que pertenecen.

Será necesario presentar el título habilitante vigente.

En 45 días

El SRI actualizará la actividad económica de quienes ya cuenten con un título habilitante válido.

En 90 días

Las operadoras deberán adecuar sus sistemas de facturación electrónica para incorporar el campo obligatorio correspondiente a la placa del vehículo.

¿Cómo prepararse para estos cambios?

Las empresas del sector deben revisar sus procesos internos para asegurar que sus sistemas de facturación electrónica cumplan con los nuevos requisitos establecidos por el SRI.

Además de actualizar la información tributaria, es recomendable verificar que la solución tecnológica utilizada permita incorporar los nuevos campos obligatorios y mantenerse alineada con la normativa vigente para el transporte comercial Ecuador.

La Resolución NAC-DGERCGC26-00000024 introduce cambios importantes para las operadoras de transporte terrestre comercial, especialmente en materia de facturación electrónica, actualización del RUC y cumplimiento tributario.

Anticiparse a estos requerimientos permitirá evitar sanciones, optimizar los procesos administrativos y garantizar el cumplimiento de las disposiciones emitidas por el Servicio de Rentas Internas.

Más información

Puede consultar la normativa oficial publicada por el Servicio de Rentas Internas:

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